martes, 29 de junio de 2010

¿QUÉ SE JUZGA EL 2 DE AGOSTO?

PARA CONSTRUIR EL FUTURO
NECESITAMOS MEMORIA Y JUSTICIA


El 2 de agosto serán juzgados en Santa Rosa los responsables de los secuestros y torturas de los que fueron víctimas decenas de pampeanos. Los “grupos de tarea” estaban integrados por personal militar y policial de la llamada Sub Zona 1.4, que dependía de la Zona 1 con asiento en Buenos Aires.
  • ¿A qué vino la dictadura?

    Rodolfo Walsh, periodista y escritor que permanece desaparecido, en su Carta Abierta a la Junta Militar señaló: “El 24 de marzo de 1976 derrocaron ustedes a un gobierno del que formaban parte, a cuyo desprestigio contribuyeron como ejecutores de su política represiva, y cuyo término estaba señalado por elecciones convocadas para nueve meses más tarde […] han restaurado ustedes la corriente de ideas e intereses de minorías derrotadas que traban el desarrollo de las fuerzas productivas, explotan al pueblo y disgregan la Nación. Una política semejante sólo puede imponerse transitoriamente prohibiendo los partidos, interviniendo los sindicatos, amordazando la prensa e implantando el terror más profundo que ha conocido la sociedad argentina”.

    A eso vino la dictadura, amparada por un plan consustanciado en la Escuela de las Américas, denominado Plan Cóndor, además de que la formación de los cuadros militares contra la lucha “contrainsurgente” fue por parte de la Escuela Francesa.


  • Plan continental

    El golpe de Estado en nuestro país formó parte de una estrategia de EEUU a nivel continental destinada a descabezar los movimientos populares en ascenso, que habían comenzado en las décadas del 60 y 70, y que buscaban construir una alternativa al capitalismo dependiente.

    En América Latina la casi totalidad de los países de la región tenían dictaduras militares: Brasil desde 1964, Paraguay mucho antes, Bolivia desde 1972, Uruguay desde 1973, y Chile también desde 1973. Argentina cayó finalmente, como parte de este plan, el 24 de marzo de 1976.

    La dictadura vino a imponer un plan económico y social de corte neoliberal que extranjerizó la economía y disminuyó el poder adquisitivo de los trabajadores, entre otros males. A la vez que profundizó la dependencia de Argentina ante los organismos financieros internacionales (FMI, Banco Mundial, etc.)
  • La Pampa no fue una isla

    Como parte de la sociedad argentina también sufrimos la persecución, la censura, el despido de trabajadores, el secuestro, la tortura y la desaparición de ciudadanos pampeanos, dentro y fuera de la provincia. Todos fuimos víctimas del accionar del terrorismo de Estado, de una u otra forma.

    -> Ningún pampeano podía expresarse o publicar libremente sus ideas. Se prohibió la actividad política, gremial, estudiantil, cultural, barrial, etc.; quien osaba hacerlo podía ser acusado de “subversivo”.

    -> Se despidió a alrededor de 500 trabajadores de la Administración Pública provincial, municipal y de Organismos Nacionales con asiento en La Pampa. La mayoría de ellos perseguidos, y despedidos por su actividad gremial o ideas políticas contrarias a la dictadura.

    -> Hubo más de 260 personas en La Pampa detenidas, demoradas o encarceladas sin causa, ni proceso judicial; o secuestradas ilegalmente. Un número elevado de ellas fueron vejadas, humilladas, o torturadas. Al día de la fecha se han identificado seis Centros Clandestinos de Detención y Tortura: en General Pico (1), en Santa Rosa (2), en Catriló (1), y en Jacinto Arauz (2).

    -> Un número indeterminado de pampeanos sufrieron el exilio interno y externo. Vivieron aislados, segregados de la sociedad en distintas ciudades y pueblos de la provincia y el país. Otros tuvieron que marcharse al extranjero. Todos ante el acoso y persecución constante de la dictadura.

    -> A la fecha, según datos oficiales, 49 pampeanos fueron desaparecidos en distintas ciudades del país, entre ellos 2 niños (hoy adultos) nacieron en cautiverio y viven con una falsa identidad. Además, en territorio pampeano hubo 5 ejecuciones víctimas de terrorismo de Estado.

    Como queda evidenciado todos los pampeanos padecimos la dictadura. De una manera más o menos directa un familiar, un amigo, un vecino, un compañero de trabajo, de estudio, o de militancia, fueron víctimas del accionar represivo ilegal.
  • Campaña sicológica del terrorismo de Estado

    Desde los medios de comunicación -algunos cómplices y otros amordazados por la dictadura- se desarrolló una campaña de acción sicológica hacia toda la sociedad pampeana. La dictadura articuló y controló una red de diarios, revistas y TV, tanto de circulación provincial como nacional, para difundir sus objetivos e imponer el miedo.
    Si alguien era perseguido, despedido de su trabajo, detenido o encarcelado, o se tenía que ir de su ciudad o del país, se decía: “Por algo será”, “Algo habrá hecho”, se lo acusaba de “vinculación con la subversión”, o directamente de “subversivo”. Así se “justificaba” la represión ilegal contra los que se arriesgaban a pensar distinto, o se oponían a la dictadura.

    Cuando en el exterior se denunciaban estas violaciones a los Derechos Humanos, la dictadura lanzó su consigna: “Los argentinos somos derechos y humanos”; negando todos sus crímenes que hoy se conocen públicamente y que están siendo juzgados.
  • Se juzga en La Pampa al terrorismo de Estado

    Ya sabemos lo que pasó en esos años, y ahora conoceremos más detalles de estos crímenes en el Juicio, por los testimonios de las propias víctimas ante el Tribunal Oral Federal de Santa Rosa, que a partir del 2 de agosto se desarrollará durante tres meses.

    Después del Juicio a las Juntas Militares una vez recuperada la democracia, después de las leyes de “Obediencia Debida” y “Punto Final”, después de los Indultos, después de las Nulidades de las leyes de la impunidad; ahora -34 años después- en La Pampa llegó la hora de la Memoria, la Verdad y la Justicia.
  • ¿A quiénes se sentará en el banquillo de los acusados?

    El Juicio oral y público se llevará a cabo contra diez represores: 1. Fabio Carlos IRIART (Comandante de la Sub Zona 1.4), 2. Néstor Omar GREPPI (oficial del Ejército), 3. Roberto Esteban CONSTANTINO (Jefe policial del Grupo de Tareas), 4. Roberto Oscar FIORUCCI (Jefe de Informaciones), 5. Omar AGUILERA (Jefe de Operaciones), 6. Néstor Bonifacio CENIZO, 7. Carlos Alberto REINHART, 8. Oscar YORIO, 9. Athos RETA, y 10. Hugo Roberto MARENCHINO (oficiales de la Policía).

    El entonces Jefe de la Policía de La Pampa durante la dictadura, y ex coronel del Ejército, Luis Enrique BARALDINI se encuentra prófugo de la Justicia.
  • ¿Por qué serán juzgados?

    Los secuestros y torturas que estos acusados cometieron en La Pampa y que serán probados en el Juicio, no fueron hechos aislados, formaron parte de un plan sistemático que instrumentó el terrorismo de Estado en todo el territorio nacional.

    Los delitos que cometieron son crímenes de lesa humanidad, por eso son imprescriptibles, y es por ello que serán juzgados.

    La democracia se verá fortalecida con la condena penal y con la condena social que, seguramente, tendrán estos represores, para que NUNCA MÁS un golpe de Estado, para que siempre vivamos en libertad y democracia, para que entre todos construyamos una sociedad cada día más justa, solidaria, y fraterna.


MULTISECTORIAL “MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA”

T O D O S CONTRA EL TERRORISMO DE ESTADO

2 de agosto de 2010

Santa Rosa, 24 de junio de 2010.-

miércoles, 16 de junio de 2010

[A.R.B.I.A INFORMA] LA CORTE FALLO A FAVOR DE LA LEY DE MEDIOS

Cristina: “Es un día muy importante para la democracia”

15-06-2010 / La presidenta mostró así su conformidad con el fallo que ratificó la vigencia de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, y señaló que la norma "democratiza el acceso a la información". Durante un acto de entrega de viviendas en el partido de Tres de Febrero, aseguró que el fallo de la Corte Suprema de Justicia a favor de la aplicación de la ley de medios "no es un triunfo del Gobierno ni de un sector", argumentando que la decisión de la Corte "ha restablecido la autoridad del Parlamento argentino".
"Estoy contenta porque hoy se ha logrado que el sistema jurídico democrático institucional argentino haga honor a su propio funcionamiento y permita que se aplique una ley que fuera aprobada por amplía mayoría en el Congreso", sostuvo la Presidente.A su vez, remarcó que el proyecto de ley impulsado por el Poder Ejecutivo el año pasado, "recorrió como nunca lo hizo ninguna ley en nuestros 200 años de historia" unos "25 foros regionales para que el pueblo discuta" el tema.
En relación a esto, recordó también que el proyecto fue aprobado por el Congreso "en una votación inédita por su número y por su transversalidad", luego de que se le incorporaron "muchísimas modificaciones".
Además, cuestionó a quienes "habían perdido la votación" y aún así "fueron al juzgado", y criticó el hecho de una "jueza declarara una medida cautelar" para frenar la ley, al considerar que esas eran medidas de un "país predemocrático que debemos dejar atrás".
Para la jefa de Estado, el fallo de la Corte realza "la vigencia de las instituciones y de la Constitución" y evaluó que el Poder Judicial "debe reestablecer las garantías que tenemos todos los ciudadanos cuando nos expresamos a través del voto democrático".
Por último, la mandataria expresó que con esta ley los medios "no sólo mostrarán lo que le conviene a los intereses de los grupos monopólicos que utilizan sesgadamente hechos, argumentos y personas para distorsionar el verdadero rol que es el de informar", y que la ley tenderá a "democratizar los medios de comunicación y el acceso a la información para que todos puedan expresarse de la misma manera".

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Todos los caminos conducen a la aplicación de la ley de la democracia

Tras el fallo de la Corte Suprema, que ratificó la vigencia de la norma de Comunicación Audiovisual frente a la medida cautelar de Mendoza, P&M consultó a varios especialistas sobre las resoluciones judiciales de otras jurisdicciones que podrían plantear nuevos obstáculos. Opinaron Néstor Busso, Claudio Schifer y Osvaldo Francés. Este último estimó que la reglamentación saldría en unos 45 días. Este martes la Corte Suprema emitió una sentencia categórica en favor de la ley de Medios, que había sido suspendida por una medida cautelar de la Justicia federal mendocina. Todos los expertos entrevistados por Política&Medios coincidieron en la contundencia del fallo. “En términos futboleros, para ponernos a tono en este tiempo de Mundial, es un siete a cero, un fallo por unanimidad. Si yo estuviera en el lugar de la jueza de Mendoza (Olga Pura de Arrabal) me daría vergüenza y renunciaría, lo mismo que la Cámara Federal de Mendoza (que había ratificado la medida cautelar de primera instancia). La Corte ha sido muy clara”, aseguró el presidente del Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCO) y titular del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (CFCA), Néstor Busso.

Osvaldo Francés, presidente de la Confederación de Radios y Medios de Comunicación de Argentina (CORAMECO) y de la Asociación de Radiodifusoras Bonaerenses y del Interior de la República Argentina (ARBIA), usó una terminología similar para destacar la unanimidad de los jueces del máximo tribunal.
“Con un tribunal supremo independiente como éste, que no está atado a los deseos de los grupos concentrados del poder, el fallo era algo previsible. No sé si todos pensaban que iba a ser tan contundente como un 7 a 0, pero sí se sabía que la decisión mayoritaria de la Corte era la de avalar la democracia, avalar las leyes y avalar el deseo de la sociedad civil que había puesto esta ley en funcionamiento, una ley que salió mayoritariamente votada en las dos cámaras del Congreso”, expresó Francés.
Pero qué pasa ahora con el resto de las cautelares dictadas en otros puntos del país y en qué medida estas objeciones pueden significar nuevas trabas a la aplicación de la norma de Servicios de Comunicación Audiovisual.
En Salta existe un caso similar al que se planteó en Mendoza, a partir del recurso de amparo del diputado nacional Enrique Thomas, desestimado hoy por la Corte Suprema. Un juez federal de aquella provincia, Miguel Antonio Medina, suspendió la aplicación de la ley, al hacer lugar a un pedido de la legisladora nacional Zulema Beatriz Daher, que denunció “vicios graves e insanables” en la sanción de la norma.
Sin embargo, según explicó el abogado de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Claudio Schifer, tras el fallo del máximo tribunal se fija “una doctrina ortodoxa” por lo cual “ahora debería obrar en consecuencia la justicia de Salta y revocar rápidamente el fallo de primera instancia que habilitó el planteo de la diputada Daher”.
En el mismo sentido, se expresó Busso, quien consideró que “teniendo en cuneta que son los mismos argumentos que se plantearon en Mendoza, todo indica que la Cámara en poca horas va a resolver revocando la cautelar del juzgado federal de Salta”.
Por su parte, Francés aseguró que el fallo de la Corte “tira todas las demás cautelares por el piso” y que “a partir de la resolución del máximo tribunal, estamos en condiciones de empezar a aplicar la ley de Medios”.
“La ley está en vigencia, para aplicarla estamos trabajando en su reglamentación. Estimamos que dentro de 45 días la norma va a estar reglamentada, ese sería el último paso para que se aplique. Los organismos que creó la ley, entre ellos el AFSCA y el Consejo Federal, se pusieron en funcionamiento, siguieron y no fueron detenidos por ninguna medida cautelar", adelantó.
Precisamente, el titular de la Autoridad Federal, Gabriel Mariotto, dijo hoy que ahora existe “un contexto muy propicio para que la ley pueda aplicarse” y anunció que se abrirá "un soporte para que se pueda discutir la reglamentación".
"Se va a llamar a la elaboración participativa de normas seguramente con un decreto, vamos a evaluarlo bien, va a haber un plazo donde podrán presentarse las propuestas, se analizarán", explicó el funcionario.
Objeciones que no son obstáculos. Las otras medidas cautelares se registran también en Salta, San Juan y Capital Federal, pero en estos casos se cuestionan artículos específicos mediante recursos promovidos por particulares: el Comité de Defensa al Consumidor (Codelco), Jorge Estornel S.A y Otros (vinculado al Grupo Uno de Mendoza) y el Grupo Clarín, respectivamente.
“Estas resoluciones son medidas cautelares cuestionando algunos artículos, el plazo de adecuación de la ley, por ejemplo. Pero eso también va a ser resuelto a su debido tiempo por la Corte, aunque no invalida la aplicación. La ley está y puede ser aplicada en pocos días más”, explicó Busso. Para Shifer, “cualquier circunstancia judicial que esté en curso se verá respecto al expediente en consecuencia”. “Habría que analizar en cada caso particular quiénes son los destinatarios de los amparos. Por ejemplo, el del artículo 161 es únicamente para Clarín en Capital, y en el caso Codelco también habría que ver quién es el destinatario o en qué ámbito se ha determinado. Son todos fallos provisorios, ninguno está firme”, explicó el letrado.
Por último, Francés sostuvo que estos planteos no impedirán la aplicación de la norma, aunque advirtió que “los grupos monopólicos van a seguir poniendo palos en la rueda, sobre todo frente a los artículos que mayores preocupaciones les genera, como el de la famosa desinversión”.
Fuente: Politica&Medios

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Un obstáculo menos en el camino de la Ley de Medios

La Corte Suprema de Justicia anuló la medida cautelar dictada en Mendoza, que suspendió la aplicación de la nueva ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. La causa había sido iniciada por el diputado Enrique Thomas (Peronismo Federal), quien cuestionaba el proceso legislativo de aprobación de la nueva norma. Por unanimidad, los Supremos acompañaron el dictamen del procurador Esteban Righi, al considerar que un diputado no tiene legitimación para revisar en sede judicial una votación que perdió en el Congreso. Aun falta que lleguen al Máximo Tribunal las medidas cautelares promovidas por particulares que objetan artículos específicos de la ley 26.522. La sentencia fue dictada con el voto de la mayoría constituida por los jueces Lorenzetti, Highton, Fayt, Zaffaroni, Maqueda, quienes aclararon que la decisión "no se relaciona con la valoración constitucional del contenido de la ley 26.522, sino con la validez de una medida cautelar que suspende la totalidad de sus efectos con fundamento en presuntas irregularidades en el trámite parlamentario”. Es decir, dejaron en claro que aun no se pronunciaron sobre cuestiones de fondo del contenido de la nueva norma y que lo harán cuando traten un caso en el que exista un interés directo y concreto, porque "el Poder Judicial no hace el control de legalidad de las leyes de manera abstracta". La ley 26.522 seguirá suspendida por ahora, ya que subsisten otras medidas cautelares dictadas por jueces de la Capital Federal, Salta y San Juan. "Admitir la legitimación en un grado que la identifique con el 'generalizado interés de todos los ciudadanos en ejercicio de los poderes de gobierno…', deformaría las atribuciones del Poder Judicial y lo expondría a la imputación de ejercer el gobierno por medio de medidas cautelares”, sostuvieron los supremos en el fallo. Al mismo tiempo, consideraron que "un diputado no tiene legitimación para reeditar en el poder judicial un debate que perdió en el parlamento" y manifestaron que "no está demostrado que el demandante fue inequívocamente privado de ejercer las atribuciones que le asisten como legislador". Además, expresaron que "una cautelar que suspende la vigencia de toda una ley con efectos generales para toda la población, es incompatible con el control concreto de constitucionalidad de las leyes, la división de poderes y la razonabilidad". Los jueces Argibay y Petracchi emitieron un voto propio, pero concurrente y con argumentos similares a los de la mayoría, señalando la ausencia de legitimación del reclamante y la falta de razonabilidad de la medida. Fuente: Pagina 12

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CONFERENCIA DE PRENSA DE LA COALICIÓN

Este Martes 16 a las 8.00 horas la Coalición por una Radiodifusión Democratica realizara con sus maximos referentes una conferencia de prensa en SICA , Juncal 2029 de Capital Federal. Los esperamos a todos y todas.

Ley de Servicios de comunicación Audiovisual

La Corte Suprema de Justicia anuló la medida cautelar dictada en Mendoza, que suspendió la aplicación de la nueva ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. La sentencia fue dictada con el voto, por mayoría de los jueces.

De todas formas la ley 26.522 seguirá suspendida por ahora, ya que subsisten otras medidas cautelares dictadas por jueces de la Capital Federal, Salta y San Juan.