El gobierno nacional se encuentra
decidido a profundizar las medidas tendientes a combatir el mercado cambiario
informal, el lavado de dinero y la fuga de capitales denotada en estos últimos
meses para su traslado –por lo general a paraísos fiscales- que tanto han
atraído a algunos pseudoempresarios y argentinos que se mueven, en materia
económica financiera, fuera de la ley.
Para ello la AFIP dictó
Res.Gral. Nº 3210/2011 (A.F.I.P.) publicada en el B.O. del 31/10/2011
mediante la cual aprobó el "Programa de Consulta de Operaciones
Cambiarias", cuyo objeto es evaluar, en tiempo real, la situación
fiscal y económico-financiera del sujeto que la pretende realizar, a fin de
adoptar las acciones de control y fiscalización que corresponda.
La entidades bancarias
y entidades autorizadas a operar con moneda extranjera por el Banco Central de
la República Argentina deben consultar y registrar, mediante el sistema
informático creado al efecto, el monto en pesos del total de cada una de las
operaciones cambiarias on line o sea en el mismo momento en que la misma se
intenta efectuar.- Allí el sistema informático informa si es o no viable la
operación en base a un programa preelaborado por el Organismo recaudador en base
a los datos con que cuenta la Administración Fiscal local (Direcc. de Rentas) y
la AFIP como indicadores del nivel de actividad de los contribuyentes, por
caso, de movimientos bancarios, consumos en tarjetas de crédito y débito,
declaraciones patrimoniales, pago de cuotas de colegios privados, turismo,
entre otros.
Los que deseen adquirir
moneda extranjera, para evitar demoras y algún dolor de cabeza al no lograr
efectuar la operación en ventanilla de la entidad financiera o de cambios,
podrán consultar su situación ante la AFIP desde una computadora en la página
web de dicho Organismo e ingresar al link (o título “Consulta operaciones
Cambiarias”) y averiguar previamente cuál es su situación y hasta que monto
podrá adquirir.- Quienes al solicitar la información a la AFIP, no acrediten
capacidad patrimonial para adquirir la moneda extranjera, o sea estén en una
situación de “inconsistencia” para la compra,
no estarán habilitados, en principio, para efectuar la operación. Ello
sin perjuicio que si existe algún error, el interesado concurra al Organismo y
acredite que posee los fondos necesarios y el origen lícito de los mismos, con
los que pretende comprar/ adquirir la divisa y de tal modo lo habiliten. Está
claro que si se detectan las llamadas “inconsistencias” alcanzadas por el
régimen penal tributario y cambiario o vinculado al lavado de activos, el fisco
efectuará las denuncias ante la instancia competente, coordinando las acciones
que pudieran corresponder en cada caso.
Más allá de los
pequeños ajustes que habrá que hacer al sistema hasta que se modalice (algunos
ya se han realizado en las últimas horas por la Autoridad económica), nadie
puede discutir el fin propuesto en la medida, que es absolutamente loable e
irreprochable, puesto que no sólo se compadece con los objetivos mencionados al
comienzo de esta breve nota, sino que es similar a la que existe en los países
más desarrollados del mundo, donde salvo sumas menores, existen controles
estrictos para quienes operan con divisas extranjeras, de modo que tampoco
caben las objeciones que se están realizando a la medida, a través de los multimedios,
por grandes capitalistas que venían operando en moneda extranjera sin control
alguno. Menos aún resulta criticable que el Estado cuando detecte situaciones
anómalas inicie procesos de fiscalización a fin de detectar evasiones, reclamar
y/o determinar el pago de impuestos omitidos o no ingresados en legal forma.
Por otro lado, el temor
a que esta medida cause un efecto no deseado, generando un mercado paralelo o la
aparición de operadores no habilitados (‘arbolitos” en la jerga popular) y la
consecuente elevación del costo de la moneda extranjera, no luce descabellada,
pero tampoco afecta la eficacia de la medida tomada, puesto que es un efecto
momentáneo que siempre ocurre ante
medidas que afectan importantes intereses económicos y que el mismo Organismo
recaudador ya está controlando mediante el ejercicio de la actividad de policía
fiscal, que al respecto es de su competencia.-
Desde Carta Abierta de
La Pampa apoyamos fervientemente la medida, pues sabemos de la seriedad y
responsabilidad de la Autoridad económica, que en estos últimos años jamás tomó
decisiones aisladas de un proyecto nacional y popular que la sustenten, como
irresponsablemente sostienen en estos días algunos gurúes con recetas tantas
veces fracasadas y siempre dispuestos a ‘defender’ grandes intereses
financieros en contra de los comunes de la gente.-
[1] Ricardo CHELI