domingo, 1 de abril de 2012

Aborto NO punible

Carta Abierta la Pampa, rechaza lo pronunciado en un reportaje por el Ministro de Salud de nuestra provincia, el Dr. Mario González. En dicho reportaje trasuntaba el desconocimiento del fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien interpretó la aplicabilidad directa del Art. 86 Inc. 2 del Código Penal argentino, determinando la implementación de los Abortos No Punibles en los establecimientos públicos. Es de suma importancia indicar que los integrantes de la Corte resolvieron por unanimidad, la interpretación del artículo, determinando que a partir de ésta, las mujeres víctimas de una violación, sin distinción alguna, podrán practicarse un aborto -sin necesidad de autorización judicial previa ni temor a sufrir una posterior sanción penal


Equipo de Comunicaciones

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